En Jujuy la Arquitectura en tierra es Patrimonio cultural vivo

En Jujuy la Arquitectura en tierra es Patrimonio cultural vivo

El pasado 12 de julio se aprobó en al provincia de Jujuy la Ley 6.407 que declara Patrimonio Cultural Vivo a la Arquitectura con Tierra, entendiendo a ésta como parte de una cultura constructiva que refleja la íntima interrelación del hombre con su entorno natural, a partir del desarrollo de saberes y prácticas, que dan respuesta a las necesidades básicas del hábitat y las actividades relacionadas a la vida en comunidad.

Esta ley propone, en su primer artículo, declarar a la arquitectura con tierra como patrimonio cultural vivo, reconociendo así su valor intrínseco y su contribución a la diversidad cultural de la provincia de Jujuy. Asimismo, enfatiza la importancia de reconocer tanto a las arquitecturas históricas de alto valor patrimonial, como a las arquitecturas modestas, que aun sin tener una declaración formal, representan estas culturas constructivas, subrayando la relevancia de los saberes y prácticas que las conforman, reconociendo su persistencia e importancia en el desarrollo de arquitectura nueva.

En este sentido, esta ley establece una serie de medidas que incluyen la promoción de iniciativas conjuntas entre el gobierno provincial y organismos académicos y de investigación, la creación de espacios de formación e intercambio de saberes, y el fomento del trabajo colaborativo con los municipios y comisiones municipales, para el desarrollo de marcos normativos.

Además, se propicia el estudio y conocimiento de la arquitectura con tierra como una herramienta fundamental para el desarrollo sostenible de las comunidades, haciendo hincapié en el empleo de materiales locales y en la preservación de las culturas constructivas.

El proyecto de ley se llevo adelante a partir de un trabajo colaborativo entre la Secretaría de Integración Regional y Relaciones Internacionales de la provincia de Jujuy en Argentina, y la Dirección de la Cooperación Descentralizada & Relaciones Internacionales del Departamento de Yvelines en Francia. En conjunto con el Observatorio de Patrimonio Cultural de Jujuy y la Dirección Provincial de Patrimonio.

Para conocer el texto de la norma, podés ingresar a este link https://boletinoficial.jujuy.gob.ar/?p=292148

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *